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 12.02.2010
Certificación de los productos eléctricos

Durante el pasado enero, CADIME envió notas a distintas entidades del sector eléctrico, con el fin de lograr que toda la cadena responsable de la producción, venta e instalación de productos eléctricos de BT cumplan con la certificación que exige la Resolución 92/98 de la ex SICyM. El texto difundido por CADIME es el siguiente:

"Los productos que forman parte de las instalaciones eléctricas se comercializan en todo el país a través de una extensa red de comercios mayoristas y minoristas y éstos deben cumplir con un requisito esencial que exige la Resolución 92/98, la tenencia de certificados vigentes de los productos por ellos comercializados.

La aparición de la Resolución 92/98 resultó un hito importante en el escenario de la comercialización de productos eléctricos por el protagonismo que adquiró el sector a través de la fiscalización, realizado por la Dirección de Lealtad Comercial, suministrándole transparencia al mercado y seguridad a los consumidores.

La nueva Disposición 462/09, en la cuál CADIME participó en su confección, actualiza y complementa el listado de productos eléctricos de baja tensión que deberán contar con certificación obligatoria por marca de seguridad, favoreciendo de manera más solvente y esclarecedora la relación contractual con los proveedores y garantiza a los usuarios mayor cobertura de productos certificados.

La derogación de la Resolución 207/95 por parte del ENRE y su reemplazo por las Resoluciones 184/09 y 336/09 con su ANEXO I, anuló el sistema de certificación y verificación de instalaciones eléctricas nuevas en inmuebles, que se encontraba a cargo de una institución de tercera parte, como es el APSE-IHA. Como consecuencia de ello quedó en manos de las distribuidoras de energÍa del área de concesión (CABA, GBA y La Plata), el control de los elementos de protección hasta el primer seccionamiento o tablero principal y con ese solo requisito pueden suministrarle energía al cliente. Si bien es obligatorio que los productos se encuentren certificados, con este nuevo sistema instituido es necesario que se refuerce la cadena de corresponsabilidades.

Lo antedicho genera un compromiso ampliado para los comerciantes, debiendo disponer de los certificados de prácticamente la mayoría de los productos por ellos comercializados, a fin de brindar transparencia al mercado, satisfacer la exigencia y el derecho de los consumidores y responder a la requisitoria de las inspecciones de Lealtad Comercial, ya que éstos son los primeros inspeccionados por esa autoridad de aplicación.

Una de las exigencias de la normativa es la obligación de contar en tiempo y forma con los Certificados que exige la Resolución 92/98, que deberían ser suministrados con la provisión de los productos por parte de los importadores y / o fabricantes. Es precisamente dicha implementación uno de los puntos débiles del sistema, ya que se hace dificultoso obtener los mismos en forma fluida.

En caso de que se pudiera contar con los certificados, instrumentar administrativamente un archivo actualizado de la documentación referida de los cerca de 50 mil productos que gestiona un distribuidor, es una tarea imposible con la estructura sustentable que requieren los comercios. Teniendo en cuenta que la Resolución es del año 1998, cuando todavía no estaba tan difundido el uso de la informática en las empresas y que hoy en día es un elemento de gestión comercial de uso generalizado, habría que actualizar la normativa, teniendo en cuenta que la tecnología ha cambiado y que sin ella es imposible realizar determinados controles en forma eficaz y eficiente.

Por todo lo expuesto solicitamos a los proveedores que envíen en tiempo y forma los certificados actualizados a los comerciantes, conjuntamente con la provisión de productos. En el mismo sentido, sería interesante evaluar en el caso que lo amerite, que una copia del certificado venga en el producto, logrando de esta forma una posible solución al inconveniente en cuestión. De este modo, se garantizaría mayor transparencia al instalador y al consumidor final, haciéndole ver que el producto que adquirió es "seguro".

No obstante, sería interesante que en forma simultánea todos los involucrados y responsables solidarios de este sistema (fabricantes, importadores, comerciantes e instaladores) soliciten a las autoridades de aplicación un cambio sustancial a fin de adecuarlos a los tiempos que corren, haciendo más ágil y dinámico el sistema; que nos permita cumplir fluidamente con lo establecido por la Resolución 92/98 y garantice a toda la cadena transparencia y seguridad.

Asimismo les solicitamos la mayor colaboración difundiendo esta nota entre sus asociados y contactos.

La seguridad eléctrica, nos exige una responsabilidad solidaria. Tratemos de cumplirla entre todos".

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